
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA INTENDENCIA DE ROCHA
JUNTA DEPARTAMENTAL
MEDIOS DE PRENSA EN GENERAL
Por medio de la presente, y en representación de la Asociación Civil Vecinos y Vecinas de Punta Rubia de La Pedrera, con Personería Jurídica según resolución 0674/22 MEC, contando a la fecha 161 socios en nuestro padrón, nos dirigimos a la población en general, a la Intendencia de Rocha en nombre de su Intendente Alejo Umpierrez, a la Junta Departamental en nombre de su Presidente Germán Magalhaes y Ediles de todas las bancadas, a los medios de prensa en general en relación a la Resolución Nro 2951/23, que sustituye a la anterior Nro 2760/23 donde por medio de un comunicado la Intendencia de Rocha, y a modo de “Amnistía”, se intima al cumplimiento de plazos, indicando una secuencia de gestiones a realizar, con el fin de exigir la regularización de las propiedades ante el Departamento de Arquitectura, con un plazo último al 31/12/25.
La Asociación Civil Vecinos y Vecinas de Punta Rubia, manifiesta su profundo desacuerdo y declara vivir una situación de injusticia frente al ejercicio en la puesta en práctica del Impuesto a la Edificación Inapropiada (que también fue cargado bajo el concepto de Multa y de forma retroactiva en las contribuciones del balneario, cosa que fue inmediatamente subsanada por la IMR, aduciendo que se trató de un error).
Razones expuestas:
- Esta Asociación, no pretende incumplir con la norma, cuya penalidad proviene de una responsabilidad que consideramos compartida, debido a que por décadas, las construcciones fueron realizadas a VISTA y PACIENCIA del organismo que debió realizar las fiscalizaciones de forma oportuna.
- Si bien desde esta Asociación se ha logrado una extensión en los plazos, ya que los primero propuestos, buscaban claramente el incumplimiento debido a la falta de tiempo dado, manifestando como dijimos anteriormente que no pretendemos incumplir con la norma; el impuesto a la EDIFICACIÓN INAPROPIADA, se pretende exigir de forma discriminada y selectiva, concretamente y de forma exclusiva a Balneario La Paloma con exclusión de Barrio Parque, La Pedrera, Ampliación La Pedrera, San Sebastián de la Pedrera, Punta Rubia, Santa Isabel de la Pedrera y Punta del Diablo.
Queda en evidencia en la enumeración taxativa y las exclusiones descritas en el comunicado de referencia la omisión de la Intendencia en cuanto a la igualdad de derechos ante la ley, y el principio de igualdad tributaria, donde el impuesto debe ser exigido a todos aquellos contribuyentes que cumplan con iguales condiciones, siendo reclamado aquí su cumplimiento sólo a algunos, y no a todos. - La no existencia de fiscalización, que garantice que nuevas construcciones irregulares se sigan realizando a los ojos de la Comuna, llevando a cabo una penalización únicamente a lo existente, y mirando hacia el costado frente a la creciente ola de construcciones irregulares, sin penalización alguna, nos hace pensar que la finalidad no es solucionar el ordenamiento del Departamento, sino simplemente recaudar, en una zona donde la Intendencia de Rocha no ha generado obras de infraestructura mínimas, al extremo de exigir un sistema de sanitaria, donde las empresas barométricas no pueden ingresar por falta de acceso, siendo éste un sólo ejemplo del collar de perlas de ausencia y omisiones que debemos reclamar como contribuyentes.
- Hoy nos vemos frente a la obligación de firmar una Declaración Jurada, ante la amenaza de aplicar el impuesto a la Edificación Inapropiada, exclusivamente a las zonas nombradas, por un valor de UR 20 agregada a la Contribución Inmobiliaria 2024.
Por lo expuesto:
La Asociación Civil Vecinos y Vecinas de Punta Rubia manifiesta su profundo rechazo a la forma de aplicación en el cobro del IMPUESTO A LA EDIFICACIÓN INAPROPIADA, y exige se cumpla con el principio de igualdad tributaria, sin discriminación de ninguna zona, para cobrarlo, o para no cobrarlo. Reafirmamos el principio de igualdad tributaria, y de igualdad ante la ley.
Denunciamos la violación al principio non-olet, referido a la igualdad de los administrados ante la ley y el sistema jurídico, entendiendo que el Intendente debe legislar para todo el Universo de contribuyentes del departamento, no sólo para algunos.